Apoyo a los emprendedores y su internacionalización

Ley 14/2013, de 27 de septiembre de 2013 | BOE 233

El Título preliminar –"Disposiciones generales"– establece el objeto, ámbito de aplicación y la definición de emprendedor.

El concepto de emprendedor se define de forma amplia, como aquellas personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que van a desarrollar o están desarrollando una actividad económica productiva.

Así, se pretende que las medidas de la Ley puedan beneficiar a todas las empresas, con independencia de su tamaño y de la etapa del ciclo empresarial en la que se encuentren. Ello sin perjuicio de que determinadas disposiciones de la Ley acoten el ámbito de algunas medidas a ciertos emprendedores, fundamentalmente en función de su tamaño o del estadio en el que se encuentren.

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