Convocatoria del año 2014 para la concesión de ayudas EMPLEA

BOE nº 271, de 12 de noviembre de 2013

Modalidades titulados universitarios y titulados no universitarios con formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016.

Objeto de la Resolución

La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2014 de ayudas públicas EMPLEA. Estas ayudas están incluidas en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016, y se encuadran dentro del Subprograma Estatal de Incorporación y del Subprograma Estatal de Formación.

El Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad tiene como objetivo mejorar la formación y especialización de los recursos humanos en investigación, desarrollo e innovación (en adelante I+D+I) y facilitar así su inserción laboral.

Objeto de las ayudas

El objeto de las ayudas que aquí se regulan es por una parte, la contratación de tecnólogos para la realización de actividades de I+D+I y por otra la formación que obligatoriamente deben seguir estos tecnólogos y que les capacitará como gestores de la I+D+I.

Estas ayudas se desdoblan en dos modalidades en función de la titulación del tecnólogo:

a) Ayudas a la contratación y formación de titulados universitarios (EMPLEA-TU-2014).

b) Ayudas a la contratación y formación de titulados no universitarios con formación profesional de grado superior o equivalente (EMPLEA-FPGS-2014).

Beneficiarios de las ayudas:

a) Empresas, incluidas las «Spin-off» y las «JEI», según definición del anterior artículo 4.

b) Los centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica, considerando como tales los definidos en el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, que estén inscritos en el Registro de Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, en la fecha de presentación de la solicitud y mantengan esta condición durante todo el periodo de la actividad subvencionada.

c) Las fundaciones, quedando excluidas todas aquellas que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de una o varias entidades integradas en el sector público, o cuyo patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.

d) Las agrupaciones o asociaciones empresariales: agrupaciones de interés económico (AIE); asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro que realicen entre sus actividades proyectos y actuaciones de I+D+I para su sector.

e) Agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) y plataformas tecnológicas. Grupos constituidos por entidades independientes -empresas pequeñas, medianas y grandes y organismos de investigación-, activas en sectores y regiones concretos, cuyo objetivo es contribuir con eficacia a la transferencia tecnológica, a la creación de redes y a la divulgación de información entre las empresas integrantes de la agrupación.

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