Orden de 3 de agosto de 2015 por la que se regulan determinados aspectos relativos al potencial de producción vitícola

BOJA nº 154 del 10 de agosto de 2015

Orden de 3 de agosto de 2015, por la que se modifica la Orden de 17 de mayo de 2006, por la que se regulan determinados aspectos relativos al potencial de producción vitícola así como la Reserva Regional de derechos de plantación de viñedo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En esta comunidad autónoma, la Orden de 17 de mayo de 2006, por la que se regulan determinados aspectos relativos al potencial de producción vitícola así como la Reserva Regional de derechos de plantación de viñedo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece, entre otros, los plazos para presentar las solicitudes de arranques, plantaciones, certificados, transferencias dentro de nuestra comunidad autónoma y derechos de la Reserva Regional.

Teniendo en cuenta que a partir del 1 de enero de 2016 se aplicará un nuevo marco normativo en lo referente al potencial vitícola, los expedientes de arranque y transferencias de derechos dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía presentados en 2015 deberán estar resueltos antes del 31 de diciembre de 2015 siendo necesario, por tanto, el adelanto de los plazos de solicitud con el fin de disponer del tiempo suficiente para la resolución de los mismos antes del final del año. 

  • El plazo para la presentación de solicitudes de aprobación de planes del régimen de reestructuración y reconversión del viñedo para la campaña 2015-2016 se extiende hasta el día 11 de septiembre de 2015.
  • El plazo para presentar las peticiones para los casos de derecho de plantación de viñedo de la Reserva Regional se extiende hasta el 28 de agosto de 2015.
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